El Gobierno Vasco inicia el procedimiento para declarar Vitoria como zona tensionada

El Boletín Oficial publica el inicio del procedimiento para declarar a Vitoria-Gasteiz como zona de mercado residencial tensionado, salvo la zona rural

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El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) y el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) han publicado el inicio del procedimiento para declarar a Vitoria-Gasteiz, salvo la zona rural y las entidades locales menores no integradas en la trama urbana, como zona de mercado residencial tensionado.

La orden, firmada por el consejero de Vivienda y Agenda Urbana, Denis Itxaso, responde a la solicitud presentada el 9 de julio de 2025 por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y se enmarca en lo previsto en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda.

Un periodo de alegaciones de 20 días

Con esta publicación se abre ahora un plazo de 20 días hábiles para la presentación de alegaciones. Durante este periodo, la documentación estará disponible en la sede de la Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda, en Vitoria-Gasteiz, así como en la sede electrónica del Gobierno Vasco.

Documentación que acompaña la solicitud

El Ayuntamiento presentó junto a su solicitud tres documentos:

  • Memoria justificativa inicial.
  • Plan específico de medidas.
  • Diagnóstico sobre la situación de la vivienda en la ciudad.

En la memoria se detalla que el esfuerzo económico para pagar alquiler y suministros básicos alcanza el 30,6% de la renta media de los hogares. También se recoge que los precios del alquiler crecieron un 21,2% entre 2018 y 2023, y que las compraventas de vivienda aumentaron un 27,5% entre 2019 y 2024. Estos datos superan los límites legales establecidos para declarar una zona tensionada.

Los próximos pasos del procedimiento

La publicación de hoy marca el inicio, pero no supone que Vitoria-Gasteiz haya sido ya declarada zona tensionada. El procedimiento seguirá varias fases:

  • Redacción de la memoria definitiva, tras analizar las alegaciones que se presenten.
  • Puesta a disposición de la ciudadanía de toda la documentación que ha servido de base, así como del plan específico de medidas.
  • Resolución final mediante orden del consejero o consejera de Vivienda, que establecerá:
    • la delimitación del área,
    • la aprobación del plan de medidas para corregir desequilibrios,
    • la vigencia de la declaración (3 años prorrogables),
    • la notificación a las personas interesadas,
    • y su publicación en el BOPV para público conocimiento.

Además, la declaración deberá comunicarse a la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que incluirá a Vitoria en la resolución estatal sobre zonas tensionadas para la aplicación de las medidas previstas en la ley.

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz también dispondrá de un plazo de veinte días hábiles para presentar alegaciones o documentación adicional. Contra esta resolución no cabe recurso alguno, al tratarse de un acto de trámite.

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