El Gobierno Vasco, en colaboración con la Diputación Foral de Álava, ha adquirido el pergamino del Fuero de Labraza, concedido en el año 1196 a la población alavesa de San Cristóbal de Labraza por el rey Sancho VII el Fuerte. La compra de este pergamino, probablemente una copia del siglo XIII, se realizó el pasado 19 de diciembre en una casa de subastas de Madrid por un importe de 9.325 euros. El Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco ha sido el encargado de desembolsar esta cantidad a fin de que este valioso patrimonio sea custodiado por el Archivo Histórico de Euskadi.
El Fuero de Labraza había desaparecido de esta población de la Rioja Alavesa en una fecha indeterminada del siglo XX y había sido localizado en una casa de subastas de Madrid gracias a la labor de varias personas amantes de la historia y residentes en Rioja Alavesa: el alcalde de Labraza, Juan Manuel Martínez; la archivera del Ayuntamiento de Oion, Alicia Marin Perez; el etnógrafo José Ángel Chasco; y el historiador Pedro Uribarrena. La Diputación Foral de Álava puso en conocimiento del Gobierno Vasco esta situación con el objetivo de que el Departamento de Cultura y Política Lingüística del Gobierno Vasco ejerciese el derecho de tanteo que le otorgan las leyes de Patrimonio Cultural.
Este documento es uno de los más antiguos que se conocen en relación al poblamiento del País Vasco en la época medieval, de manera que recuperarlo ha constituido, además de un deber, una aportación inestimable al Patrimonio Documental de Euskadi. El pergamino, que según los expertos puede ser una copia del siglo XIII, fue comprado por el director del Archivo Histórico de Euskadi, Borja Aguinagalde, la pasada semana.
El Fuero de Labraza es un texto de gran importancia dentro de la Historia Medieval de Euskadi y fue concedido a San Cristobal de Labraza por el rey navarro Sancho VII el Fuerte en el año 1196. El texto está escrito en latín y en el mismo destaca el símbolo de este monarca: un águila negra en el centro de la parte inferior y un Crismón en el vértice superior izquierdo. La norma regula, entre otros elementos, la convivencia entre los pobladores de la nueva villa; además, el texto recoge los derechos y deberes de los mismos, partiendo de sus buenos usos y costumbres.