La mayoría de los 63 concejos de Vitoria-Gasteiz no se regirán, para la actividad de paseo, por las franjas horarias dispuestas por la orden del Ministerio de Sanidad publicada para regular las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. No obstante hay pueblos que sí se regirán por todas las directrices aplicadas a la trama urbana de Vitoria-Gasteiz. La concejala de Zona Rural ha emitido hoy una circular para explicar a la población afectada la aplicación de la orden ministerial.
En su artículo 5 se establecen franjas horarias para el desarrollo de dicha actividad para los diferentes grupos poblacionales. En ese mismo artículo en su apartado 2 se estipula que “Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas”.
Las y los vecinos de esos núcleos rurales fuera de la trama urbana podrán pasear entre las 6 y las 23:00 sin otra restricción de franja horaria, con el límite de un kilómetro de distancia. En cuanto a la práctica deportiva, se podrá realizar por todo el municipio en la franja horaria de 6 a 10 horas y de 20 a 23 horas, como en todo el término municipal.
Abetxuko, Ali, Aretxabaleta, Arkaute, Armentia, Betoño, Elorriaga, Gamarra Mayor y Gardelegi, como Vitoria
No obstante, según la orden ministerial hay que considerar que algunos de estos concejos – en concreto: Abetxuko, Ali, Aretxabaleta, Arkaute, Armentia, Betoño, Elorriaga, Gamarra Mayor y Gardelegi- no están separados de la ciudad de Vitoria-Gasteiz por existir continuidad con su trama urbana, por lo que no se les puede aplicar la excepcionalidad establecida en el apartado 2 del artículo 5 y se regirán por las franjas horarias que afectan al núcleo urbano de Vitoria-Gasteiz.
Por último, recordar el obligado cumplimiento de lo establecido en esta Orden en cuanto a los desplazamientos permitidos para la actividad física, recogidos en el artículo 2, requisitos para evitar el contagio, en el artículo 3 y lugares permitidos, en el artículo 4.
Las entidades locales menores son pequeñas poblaciones dentro del término municipal. Estas localidades, también llamadas concejos, constituyen un cauce tradicional inmediato de participación ciudadana y gozan de plena autonomía para gestionar sus intereses.
63 entidades locales menores en el municipio
En la actualidad hay 63 entidades locales menores radicadas en el municipio. Se dividen en tres zonas: este, suroeste y noroeste.
Cada entidad local guarda una historia e identidad propias, recogidas en la publicación municipal Localidades del municipio de Vitoria-Gasteiz
Zona Este
Aberasturi, Andollu, Arkauti / Arcaute, Arkaia, Argandoña, Askartza, Betoño, Bolívar, Elorriaga, Gámiz, Ilarratza, Jungitu, Lubiano, Matauko, Oreitia, Otazu, Ullibarri-Arrazua, Ullibarri de los Olleros / Uribarri Nagusia, Villafranca y Zerio.
Zona Suroeste
Aretxabaleta, Ariñiz / Ariñez, Armentia, Berrostegieta, Castillo / Gaztelu, Eskibel, Gardelegi, Gometxa, Lasarte, Lermanda, Margarita, Mendiola, Monasterioguren, Subijana de Álava / Subillana Gasteiz, Zuazo de Vitoria / Zuhatzu y Zumeltzu.
Zona Noroeste
Abetxuko, Ehari / Ali, Amarita, Antezana / Andetxa, Arangiz, Artatza Foronda, Asteguieta, Krispiña / Crispijana, Estarrona, Foronda, Gamarra Mayor / Gamarra Nagusia, Gamarra Menor, Gobeo, Gereña, Hueto Abajo / Otobarren, Otogoien / Hueto Arriba, Legarda, Lopidana, Mandojana, Martioda, Mendiguren, Mendoza, Miñao / Miñano Mayor, Miñano Menor / Miñao Gutxia, Retana, Ullibarri-Viña / Uribarri Dibiña y Yurre / Ihurre.