La nueva Ley vasca de consumo obligará a los bancos a mediar con el cliente antes de ejecutar un desahucio

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A mediados del 2020 entrará en vigor la nueva Ley de Estatuto de las Personas Consumidoras de Euskadi con la que se reforzará las garantías e incluirá, como novedad, la indemnización por daños o perjuicios a las personas usuarias. Euskadi será la primera comunidad autónoma del Estado que ponga en vigor una normativa con tanto calado. Una de las principales novedades es que Kontsumobide –Instituto Vasco de Consumo– estará dotará de nuevos instrumentos para mejorar su tarea y contribuir a la mejor defensa de dichos derechos.

Protección a las personas consumidoras o usuarias vulnerables

El anteproyecto de ley hace especial incidencia en la protección a las personas consumidoras o usuarias vulnerables y a los colectivos o grupos de personas en situación de inferioridad, subordinación, indefensión o discriminación.

Ejecuciones hipotecarias de vivienda habitual

En esta línea, primará los sistemas alternativos de resolución de los conflictos de consumo. En las ejecuciones hipotecarias de vivienda habitual se marcará como opción prioritaria la mediación entre la entidad financiera y su cliente. Igualmente, la adhesión al sistema arbitral de consumo se marca como regla general de aplicación en el sector público y en la contratación pública y se valorará en la concesión de ayudas y subvenciones.

Agua, electricidad, gas, teléfono o internet

El refuerzo de la protección de los intereses de las personas usuarias en los contratos de servicios de interés general (tales como agua, electricidad, gas, teléfono o internet) será garantizado por la obligación regulada de que las empresas ofrezcan un plazo de subsanación antes de interrumpir la prestación.

Información con carácter previo a su contratación

Esta ley también obligará a empresas de servicios a ofrecer información, con carácter previo a su contratación, sobre las incidencias por obras de mantenimiento, gran afluencia de personas o condiciones meteorológicas, que puedan afectar a su uso en condiciones óptimas. Esta disposición está pensada para que las personas que vayan a entrar en una autopista, un parque temático o de atracciones, por ejemplo, antes de contratar sus servicios, puedan disponer de un conocimiento informado sobre en qué condiciones se encuentran las instalaciones para que puedan, o no, optar al uso.

Sin decir que es personal inspector

En línea con las directrices europeas se refuerza la inspección de consumo y se autorizará al personal inspector a no identificarse cuando por tal motivo pueda frustrarse la finalidad de su actuación; igualmente, podrá realizar tomas de muestras y compras de prueba bajo identidad encubierta –sin decir que es personal inspector- para comprobar que los productos se ajustan a las exigencias legales.

Publicidad a las infracciones que hayan cometido

Por último, la ley incluirá un extenso catálogo de infracciones más ajustado al panorama normativo actual y prevé, junto a las sanciones, que pueda darse publicidad a las infracciones que hayan cometido las empresas en los últimos dos años. Además, aumenta la protección contra abusos contractuales mediante la difusión de cláusulas y prácticas empresariales abusivas.

Consumo responsable

El anteproyecto busca la promoción del consumo responsable con criterios de racionalidad y sostenibilidad. Se busca el fomento de un consumo moderado, informado, reflexivo y consciente, con especial atención a la preservación del medio ambiente, la calidad de vida, la especificidad cultural y un desarrollo socioeconómico individual y colectivo responsable.

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