Las discotecas de Vitoria podrán abrir en horario diurno

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El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz permitirá que los establecimientos hosteleros de los grupos 3 y 4 (discotecas, pubs, locales de copas…) puedan desarrollar su actividad como uno de tipo 2 «de forma transitoria». De esta forma estarán habilitados para prestar servicio de bar en horario diurno., El consistorio recalca que este permiso se dará de manera provisional y cumpliendo en todo momento las condiciones establecidas en las Ordenanzas municipales de Establecimientos Públicos de Hostelería y contra el Ruido y las Vibraciones.

Estos negocios deberán presentar una declaración responsable en las Oficinas municipales para contar con la pertinente autorización. El alcalde, Gorka Urtaran, ha firmado esta mañana la instrucción de Alcaldía que posibilita la aplicación de esta fórmula. “Esta instrucción permite que los establecimientos del grupo III que venían realizando su actividad como bar normal durante el horario diurno puedan seguir desempeñando ese servicio, cumpliendo las ordenanzas municipales y lo establecido en la orden de la Consejería de Salud para el ámbito de la hostelería”, ha explicado el alcalde.

En la ciudad existen numerosos establecimientos del grupo 3 con las instalaciones adecuadas para realizar actividades de grupo 2. Muchos de ellos, de hecho, estando legalizados como locales de grupo 2, obtuvieron licencia de actividad clasificada de grupo 3 al amparo de la aprobación de la Ordenanza municipal de Establecimientos Públicos de Hostelería (incluye a los locales de grupos 2 y 3 en la categoría B de la misma).

Además, el Consistorio gasteiztarra también ofrecerá una alternativa a los locales de tipo 4 (como las discotecas). Estos negocios podrán también adaptar su licencia a una de grupo 2 de forma provisional, aunque para ello deberán registrar una comunicación previa de inicio de actividad que deberá estar acompañada de una memoria ambiental y una certificación firmada por un técnico. Esto significa que, para prestar servicio, deberán acometer una importante adecuación de sus negocios.

La Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Gobierno Vasco recoge cuatro tipo de licencias hosteleras.

  • Grupo 1: Locales e instalaciones autorizados específicamente para menores de edad, o con autorización para expender bebidas sin alcohol y alimentos sin que suponga actividad de restauración.
  • Grupo 2: Locales e instalaciones con autorización para expender bebidas con alcohol o ejercer actividades de restauración.
  • Grupo 3: Locales e instalaciones con autorización para disponer como actividad especial, de música sin pista de baile.
  • Grupo 4: Locales e instalaciones con autorización para disponer de música con pista de baile o realizar espectáculos.
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