El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha denegado al Gobierno Vasco la ampliación del pasaporte covid en tiempo y lugares. El auto señala que «tanto la incidencia acumulada como la ocupación hospitalaria (…) están en claro descenso; por lo que difícilmente se puede justificar la ampliación a nuevos espacios de una medida restrictiva de derechos fundamentales«. Con esta decisión judicial solo se tendrá que presentar el pasaporte covid en locales de ocio nocturno a partir de las diez de la noche y en restaurantes con aforos de más de cincuenta personas.
También se hace referencia a que el Ejecutivo vasco no ha dado las suficientes razones para exigir el denominado pasaporte Covid en hoteles y alojamientos turísticos, y salones de juego y apuestas. «En la solicitud presentada no existe una justificación individualizada de por qué se debería exigir en los lugares mencionados» señalan.
No se trata de locales donde la entrada es voluntaria
El texto apunta de manera directa que «respecto de los hoteles y alojamientos turísticos, concurre la dificultad de que, al ser los únicos lugares de pernocta disponibles para una persona no residente en la Comunidad, la exigencia de pasaporte Covid en los mismos supondría a quienes no dispusieren de él la imposibilidad de tal pernocta. Es decir, ya no se trata de “locales donde la entrada es voluntaria y donde no se realizan actividades esenciales, a los que se tenga la obligación de acudir”, como examinó el Tribunal Supremo en su sentencia de 14 de septiembre, y a los que la ciudadanía puede acudir […] o no, sino que perfectamente puede darse el caso de que exista una necesidad de acudir a tales establecimientos, por ejemplo, por razón de trabajo, de forma que quien careciere de pasaporte Covid quedara sin posibilidad habitacional alguna«.