«Soy un perro de asistencia y estoy altamente entrenado»

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En primer lugar, agradecer a la persona que me ha hecho llegar la información para que todos y todas mis lectoras puedan entender todo lo relacionado con estos amigos peludos que tanta ayudan proporcionan a multitud de personas.

La Constitución Española reconoce, en su artículo 14, el derecho de igualdad de todos los españoles ante la ley. El artículo 9.2 impone a los poderes públicos las obligaciones de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas y remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. Los poderes públicos son igualmente instados en el artículo 49 a realizar una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidades física, sensorial e intelectual a las que prestarán atención especializada y a las que ampararán especialmente para disfrutar de los derechos que el título I de la Constitución otorga a todos los ciudadanos.

Una de las leyes más actuales es la que rige en la Comunidad Autónoma Canaria, la ley 3/2017 de perros de asistencia para personas con discapacidad. Permite la libertad de acceso, deambulación y permanencia a los perros para personas con discapacidad auditiva o visual…, los llamados perros de alerta médica (detección epilepsia…) y perros adiestrados (policía…). Podrán entrar en centros de salud, escuelas, tiendas, despachos privados o públicos, iglesia, piscinas, albergues, playas, aeropuerto, medios de transporte, club recreativo…pero impide el acceso a cocinas de restaurantes, dentro de piscina, dentro de quirófano y en el interior de parque de atracciones.

En definitiva, sería deseable que en España en general todos estos perros de asistencia, todos, tuvieran el acceso, permanencia o poder deambular permitido a cualquier lugar, tanto un autobús como un cine, de la misma manera que los perros de las personas con discapacidad visual, que pueden acceder a todos los lugares, establecimientos públicos, transporte, etc.

Los perros de asistencia proporcionan soporte técnico y emocional en la vida de quienes tienen una discapacidad o enfermedad.

  • El perro de servicio es el adiestrado para prestar ayuda a personas con alguna discapacidad física en las actividades de su vida diaria. Por ejemplo, le puede ayudar a alcanzar objetos, abrir puertas, vestirse o desvestirse, etc.
  • Perros de respuesta médica programa terapéutico de salud: terapia con personas incapacitadas, niños con diversidad cognitiva, personas con daños físicos sobrevenidos (accidentes) con un objetivo definido de mejora intencionado. Es decir, con la aplicación del perro se buscan mejoras concretas en diferentes áreas como la motricidad, la relacional o la emocional del individuo. Adiestrados para dar alerta médica a personas que padecen epilepsia, diabetes.
  • Perro Tea, para personas con trastornos del espectro autista: es el perro adiestrado para cuidar de la integridad física de una persona con trastornos del espectro autista, guiarla y controlar las situaciones de emergencia que pueda sufrir.
  • Perro guía, es el perro adiestrado para el acompañamiento, conducción y auxilio de personas con discapacidad visual o personas con sordoceguera. Desde 1983 hay legislación estatal que regula el acceso de los perros guía.
  • Perro señal, es el perro adiestrado para avisar a las personas con discapacidad auditiva de distintos sonidos e indicarles su fuente de procedencia. Por ejemplo, cuando llaman a la puerta o cuando en la calle pita un vehículo cerca.
  • Perros de fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.-Los perros de la guardia civil, de la policía…
  • Perros de asistencia general y nuevas fórmulas.- Violencia de género. Son perros de protección, o Pepos, como se les ha bautizado. Se les entrena para que su sola presencia disuada a los maltratadores, y protejan a las víctimas en caso de que los hombres no respondan a los avisos, repeliendo la agresión. “Estos perros no muerden, ni van a matar. No son agresivos, al contrario, perros supersociales que sean capaces de convivir con niños, y ser completamente normales hasta el momento en el que la mujer acciona un comando aprendido y el perro reacciona instantáneamente. Se puede prever para otro tipo de delito o cualquier cuestión que se necesite.

Los perros de asistencia se clasifican en 5 tipos, de acuerdo al servicio que prestan, el cual depende de la necesidad de su usuaria o usuario.

Estas necesidades pueden ser derivadas de una discapacidad o de una circunstancia concreta.

Los perros con peto amarillo y sin arnés son perros de asistencia en entrenamiento.

Los únicos perros de asistencia que llevan arnés son los perros guía, el cual mejora la movilidad de la usuaria o usuario salvando obstáculos, incrementando la rapidez y seguridad. Favorece la integración e interacción social.

Si eres una persona responsable de algún espacio público o eres propietario o propietaria de algún local privado pero con acceso público, debes saber que la entrada de una persona con perro de asistencia está garantizada por la ley.

Si eres trabajadora o trabajador de un servicio de urgencias médicas, hospitales o centros de salud, hay que tener un poco de empatía que su perro no es una. Si eres trabajadora o trabajador de transporte público, recuerda que por ley pueden acceder sin ninguna “traba” a cualquier espacio. Solo está restringida la entrada en quirófanos, zonas de manipulación de alimentos y vasos de piscinas.

El usuario o usuaria, lleva la documentación, que incluye un seguro de responsabilidad civil. Pasan controles anuales y cumplen todos los requisitos higiénicos sanitarios. No representan ningún peligro, ni para ti, ni para tu negocio. En los taxis pueden subir hasta 2 perros de asistencia.

El perro de asistencia no va a hacer sus necesidades en tu negocio, una vez más hay que recordar que son perros altamente entrenados; por eso es muy importante que no se les alimente salvo expresa indicación del usuario o usuaria.

Estas son las Comunidades con leyes sobre perros de asistencia:

  • Valencia/2003.
  • Galicia/2003.
  • País Vasco/2007.
  • Cataluña/2009.
  • Baleares/2014.
  • Extremadura/2014.
  • Navarra/2015.
  • Murcia/2015.
  • Madrid/2015.
  • Canarias/2017.
  • Cantabria/2017.
  • Rioja/2017.

Ayudemos y apoyemos a las personas con necesidades especiales que necesitan un perro para sacar adelante su día a día, y recuerda que nadie está libre de poder necesitarlos.

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