Inicio Elecciones municipales y forales 2023

2.000 extranjeros residentes en Álava ya pueden apuntarse para votar en las elecciones municipales del 2023

Los ciudadanos que podrán votar serán los que tengan 18 o más años ese día, debiendo haber manifestado previamente su voluntad de ejercer ese derecho

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El día 28 de mayo de 2023 se celebrarán las elecciones municipales y forales en Euskadi y en las que también podrán ejercer su derecho a voto los nacionales de otros países de la Unión Europea y los que hayan firmado con España un acuerdo de reciprocidad de voto en elecciones municipales.

Según los datos ofrecidos por la Oficina del Censo Electoral, en Álava 1.862 electores y ciudadanos podrán depositar su voto. En el caso de Bizkaia serán 5.746 y Gipuzkoa 5.299. En total, en Euskadi serán 12.925.

En el caso de ser ciudadano o ciudadana de un país de la Unión Europea que no haya votado as votado nunca, para poder votar es imprescindible inscribirte en el censo electoral. En el caso de haber votado en otras ocasiones, no es necesario hacer nada, puesto que ya se figura en el censo electoral.

Sí se es de un país con acuerdo, también es necesario inscribirse en el censo electoral aunque se haya votado en anteriores ocasiones porque no se mantiene el censo de procesos anteriores. Los países con acuerdo son Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido o Trinidad y Tobago.

Los ciudadanos que podrán votar serán los que tengan 18 o más años ese día, debiendo haber manifestado previamente su voluntad de ejercer ese derecho, [trámite que es posible realizar de forma continuada tanto en los ayuntamientos y telemáticamente].

Ciudadanos y ciudadanas de países de la Unión Europea

El plazo para inscribirse finaliza el 30 de enero de 2023, y los requisitos son:

Ciudadanos y ciudadanas de países extracomunitarios con acuerdo

El plazo para inscribirse comienza el 1 de diciembre y finaliza el 15 de enero de 2023, y los requisitos son:

  • Empadronamiento en el municipio de residencia habitual.
  • Tener autorización de residencia en España.
  • Haber residido legalmente 5 años en España (3 años en el caso de Noruega y Reino Unido).

La OCE (Oficina del Censo Electoral), en el caso de que reúnas estos requisitos, te enviará una comunicación para informarte del trámite de manifestación de intención de voto y un impreso de solicitud. Allí te explicará cómo presentarlo (correo postal o vía telemática).

En el caso de que no hayas recibido la carta de la OCE puedes inscribirte:

Quienes figuren inscritos en el censo electoral por haber manifestado con anterioridad su intención de votar en España, mantienen su condición de electores sin necesidad de cumplimentar una nueva declaración. Esta condición se mantiene hasta que soliciten su exclusión o dejen de residir en España. 

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