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La Policía pide que compruebes este dato del DNI, podrías necesitar uno nuevo

Salvo excepciones, desde el 1 de octubre de 2021 el DNI dejó de ser un documento de viaje válido para entrar al Reino Unido, por lo que es necesario hacerlo con Pasaporte en vigor

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Con motivo de la proximidad de fechas propicias para viajar, la Oficina de Expedición del DNI/Pasaporte de la Jefatura Superior del País Vasco recuerda a los ciudadanos de Euskadi que revisen su documentación e informa: El DNI se puede renovar dentro de los últimos 180 días de vigencia. En caso de sustracción, extravío, deterioro o mal funcionamiento del chip electrónico, deberá ser renovado lo antes posible, obteniendo un nuevo documento con su validez total cuando queden menos de 90 días para su caducidad. De superar los 90 días, se expedirá uno con la validez del documento anterior. En cuanto al pasaporte, puede ser renovado dentro del último año de vigencia.

En caso de emergencia, si se inscriben en el «registro de viajeros» de la web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC) aportando el país y fecha en la que se desplazarán antes de realizar un viaje fuera, nuestras embajadas y/o consulados tendrán conocimiento de los ciudadanos españoles que se encuentran en la zona.

Asimismo, en esta misma web se pueden consultar los requisitos que exige cada País para poder entrar, así como recomendaciones de viaje.

En este sentido, se recuerdan los países donde se puede viajar con el DNI en vigor:

Unión Europea

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Rumanía y Suecia.

Otros países

Albania, Andorra, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bosnia y Herzegovina, Georgia, Islandia, Liechtenstein, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Noruega, San Marino, Santa Sede, Serbia y Suiza.

Finalmente, cabe recordar que desde el 1 de octubre de 2021 el DNI dejó de ser válido como documento de viaje para entrar en el Reino Unido, salvo para aquellas personas que hubiesen utilizado este documento en su registro del ‘EU Settlement Scheme’, que podrán seguir utilizándolo hasta el 31 de diciembre de 2025, por lo que, en caso de no haber realizado este trámite, será necesario obtener un Pasaporte en vigor para poder realizar el viaje.

En caso de emergencia, si se inscriben en el «registro de viajeros» de la web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC) aportando el país y fecha en la que se desplazarán antes de realizar un viaje fuera, nuestras embajadas y/o consulados tendrán conocimiento de los ciudadanos españoles que se encuentran en la zona

No es necesario esperar a que los documentos estén caducados, ya que el DNI se puede renovar dentro de los últimos 180 días (6 meses) de vigencia y el Pasaporte durante el último año de vigor.

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