La familia de Kerman recuerda a la alcaldesa que ‘tres atestados son suficientes para sancionar a Mítika’

Reclaman activar ya la vía administrativa contra la discoteca y la empresa de seguridad

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La familia de Kerman Villate, el joven de 31 años fallecido en febrero tras recibir un golpe en la puerta de la discoteca Mítika, ha dirigido una petición formal a la alcaldesa de Vitoria-Gasteiz, Maider Etxebarria. En ella, solicitan que el Ayuntamiento active de inmediato la vía administrativa contra la empresa Explotaciones Hosteleras Niecor S.L. —titular de Mítika— y contra la empresa de seguridad Le Basque Services, por haber cometido infracciones «muy graves» recogidas en la Ley de Espectáculos Públicos de Euskadi.

“Consideramos que es imprescindible activar también la vía administrativa en el caso de la muerte de Kerman”, señala el escrito dirigido a la alcaldesa. Según la familia, las instituciones no han utilizado todas las herramientas legales a su alcance para prevenir y sancionar lo ocurrido.

“No es solo un asesinato: también hay infracciones administrativas”

Los padres insisten en que, más allá del proceso penal en marcha —con el portero agresor en prisión preventiva por presunto asesinato con alevosía—, existe un marco legal claro para actuar desde la administración. La Ley 10/2015 establece que ciertas conductas cometidas en espectáculos y locales de ocio son infracciones administrativas muy graves. Y añaden: “Nos permitimos recordar varios artículos clave de la Ley”, haciendo referencia directa al Título V, donde se regulan estas sanciones.

Desde su punto de vista, el Ayuntamiento no puede mantenerse al margen cuando ya existen tres atestados de la Policía Local por agresiones previas del mismo personal de seguridad. “Tres atestados policiales […] constituyen evidencia suficiente para iniciar medidas administrativas”, remarcan.

Reiteración de conductas graves e inacción institucional

El escrito denuncia que tanto la discoteca Mítika como la empresa Le Basque Services han incumplido, al menos, dos puntos del artículo 51 de la ley. Por un lado, “ejercer el derecho de admisión de forma arbitraria, discriminatoria o abusiva”; por otro, “incumplir las medidas de seguridad establecidas en la normativa vigente”.

Mantener a trabajadores violentos en puestos de seguridad sin adoptar ninguna medida correctora es, para la familia, prueba clara de “una actitud de tolerancia, o incluso de amparo explícito”.

La ley permite sancionar sin esperar al juicio penal

Una de las ideas que más se repiten en el texto dirigido a la alcaldesa es que la vía administrativa no depende de la vía penal. Puede activarse con base en hechos constatados por la policía y tiene una función preventiva y disciplinaria.

Además, el procedimiento parte de la presunción de veracidad de los informes policiales. La familia lamenta que, pese a las agresiones previas y a la gravedad del desenlace, no se haya iniciado ningún expediente sancionador por parte del Ayuntamiento.

Petición directa a Maider Etxebarria

La solicitud subraya que, si el Consistorio considera que no tiene competencia para sancionar, debe remitir el caso al órgano competente con toda la documentación recabada. Sin embargo, critican que eso no ha sucedido: “La inacción de la Administración competente trasladaría a la sociedad un mensaje institucional de impunidad”.

Por eso, piden a Maider Etxebarria que actúe en coordinación con el Gobierno Vasco para aplicar las sanciones previstas en la ley, entre las que se encuentran:

  • Multas de hasta 150.000 euros
  • Clausura del local hasta tres años
  • Revocación de la licencia
  • Inhabilitación de las empresas

La responsabilidad de los gestores

La familia recuerda que la administradora de Mítika, A.R., y el administrador de Le Basque Services, J.L., fueron requeridos por el Ayuntamiento para declarar sobre las actuaciones de su personal. Consideran que ambos eran conocedores de las agresiones y del uso de un espacio sin cámaras donde se ejercía violencia.

Ante esta reiteración de conductas, los padres de Kerman entienden que “las sanciones deben ser proporcionales a la gravedad de los hechos y tener en cuenta tanto la reiteración de las infracciones como la complicidad” de los responsables empresariales.

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