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El Lehendakari permite la circulación dentro de la provincia a partir del lunes

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Debido a la «tendencia sostenida en el descenso de casos positivos con respecto a las semanas anteriores.» el Lehendakari ha autorizado la libre circulación -dentro de los horarios establecidos- dentro de cada territorio histórico de residencia para todos los vascos. Esta decisión amplía las libertades de las que podremos hacer uso en Euskadi y equipara -en la libertad de tránsito dentro de cada territorio- a la Fase 1 de otras comunidades del Estado.

El decreto del Lehendakari, que ha sido firmado hoy, entrará en vigor a las 00:00 horas del día 18 de mayo de 2020. Mañana sábado pasará a ser «de ley» con la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Se podrá, en principio, viajar hasta la segunda residencia dentro del territorio histórico en el que residamos (Álava, Bizkaia o Gipuzkoa).

El Gobierno Vasco limitó la Fase 1 de desescalada «en base a los principios de prudencia y precaución» prohibiendo a los ciudadanos la movilidad fuera del ámbito municipal en el que residan. Con diversas excepciones justificadas por motivos empresariales, laborales, profesionales, sanitarios, educativos, formativos o «sanitarios» además de permitir la circulación entre municipios colindantes como Eibar y Ermua, por ejemplo.

La modificación de dichas limitaciones mantendrá el tránsito justificado entre territorios históricos en ciudades como las del ejemplo Eibar (Gipuzkoa) y Ermua (Bizkaia). Además se podrá cruzar entre territorios hasta el municipio colindante si la actividad que estamos realizando implica pasar a otro municipio, situado en otra provincia.

Se permitirá la apertura instalaciones deportivas al aire libre

A partir del lunes 18 por lo tanto se podrá realizar actividad física y deportiva dentro de toda la provincia, «siempre respetándose las medidas de seguridad, salud e higiene establecidas por las autoridades sanitarias», avisa el Lehendakari en el texto del decreto. Las instalaciones deportivas al aire libre de gestión privada se podrán abrir en los términos establecidos en el artículo 41 de la Orden SND/399/2020 del 9 de mayo

Según el Lehendakari la decisión inicial de restringir la libre circulación a solo el municipio de residencia tenía como objetivo «mantener elevada la alerta sobre la necesidad del compromiso social activo en las medidas de prevención.». Iñigo Urkullu incluso llega a justificar esa decisión poniendo como ejemplo los comportamientos incívicos que esta semana hemos visto. El Lehendakari en el Gobierno remarca que «a mayor movilidad mayor debe ser la responsabilidad de prevención individual que cada persona debe adoptar.«

DISPONGO

Artículo 1.– Se modifica el artículo 2.2 y 3 del Decreto 8/2020, de 10 de mayo, del Lehendakari, que queda redactado en los siguientes términos:

«2.– Las personas podrán desplazarse dentro del Territorio Histórico en el que tengan fijada su residencia.»

«3.– Se permite la movilidad entre municipios colindantes de diferentes Territorios Históricos de tránsito habitual».

Artículo 2.– Se modifica el artículo 3.1, 2 y 3 del Decreto 8/2020, de 10 de mayo, del Lehendakari, que queda redactado en los siguientes términos:

«1.– Se podrá realizar actividad física y deportiva, siempre respetándose las medidas de seguridad, salud e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, dentro del Territorio Histórico correspondiente al municipio en el que se tenga fijada la residencia, así como en los colindantes a este de otro Territorio Histórico».

«2.– Las instalaciones deportivas al aire libre de gestión privada se podrán abrir en los términos establecidos en el artículo 41 de la Orden SND/399/2020 del 9 de mayo, y podrán acceder a las mismas las personas que tengan fijada su residencia en el Territorio Histórico correspondiente al municipio en que se ubica la instalación, así como en los colindantes a este de otro Territorio Histórico».

«3.– La actividad deportiva individual, con cita previa y en centros deportivos de gestión privada podrá realizarse dentro del Territorio Histórico correspondiente al municipio en el que se tenga fijada la residencia, así como en los colindantes a este de otro Territorio Histórico, y en los términos establecidos en el artículo 42 de la Orden SND/399/2020 del 9 de mayo».

DISPOSICIÓN FINAL.– Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor a las 00:00 horas del día 18 de mayo de 2020.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de mayo de 2020.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

4 COMENTARIOS

    • Hola José, por lo que se sabe hasta ahora, se mantendrá durante toda la Fase 1 la restricción de reuniones sociales.
      Actualmente sí que está permitido quedar con familia y/o amigos en terrazas de bar.

  1. El Sr Urkullu no ha tenido en cuenta las diferencias climatológicas y de temperatura entre las provincias. Noves lo mismo salir a andar en bici a las 8 de la mañana en Gasteiz a 7-8 grados o en Bilbo o Donosti s 12-13 grados a la misma hora

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