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No, los cines no te pueden prohibir entrar con comida

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La Asociación de Consumidores AKA/ACUV ha denunciado que los cines Yelmo han comenzado a prohibir la entrada en sus salas con alimentos y bebidas adquiridos fuera de sus establecimientos. Según la normativa, no es legal prohibir la entrada al cine con comida del exterior, ya que el impedimento es considerado una limitación abusiva del derecho de admisión.

Los cines no pueden ampararse en la misma limitación que un bar, ya que su actividad principal es la exhibición de películas, no la venta de alimentación. A pesar de que algunos cines utilizan el Decreto 86/2013 para justificar la prohibición, los consumidores tienen derecho a entrar con comida al cine, siempre y cuando se ofrezcan productos alimenticios en el mismo.

La actividad principal de un cine no es vender comida

La AKA/ACUV ha explicado que la normativa que permite acceder con nuestra propia comida se fundamenta en que el impedimento es una limitación abusiva del derecho de admisión. Los cines, al tener como actividad principal la exhibición de películas y no la venta de alimentación, no pueden ampararse en la misma limitación que un bar o restaurante.

La organización de consumidores ha señalado que para prohibir la entrada de clientes con comida a sus instalaciones, algunas salas de cine se amparan en el Decreto 86/2013 y, en concreto, en su epígrafe sobre “Servicios especiales de restaurante, cafetería y café-bar”. Alegando que su actividad económica no se limita tan solo a la exposición de películas, sino que se extiende también a la venta de productos alimenticios, los cines defienden que al entrar con comida o bebida del exterior se están vulnerando sus derechos.

Exhibición de películas.

Sin embargo, esta justificación no es válida ya que, aunque los cines ofrecen productos alimenticios, su actividad principal sigue siendo la exhibición de películas.

La AKA/ACUV ha recomendado que en caso de negativa, se solicite la hoja de reclamaciones y, si hubiera un cartel con la prohibición, se haga una foto para tener pruebas. Aunque exhiban un cartel donde se diga «no se admiten productos ajenos a este cine» o «prohibido entrar con comida del exterior», los consumidores tienen derecho a entrar con comida al cine, siempre y cuando en esa sala se tenga la costumbre de ofrecer productos alimenticios.

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