
El Consejo de Gobierno de Álava ha aprobado esta mañana el proyecto de Norma Foral que establece un impuesto complementario dirigido a garantizar un nivel mínimo global de imposición. Esta medida afectará tanto a los grupos multinacionales como a los grupos nacionales de gran magnitud.
La iniciativa busca cumplir con la obligación de transponer una directiva europea dentro del Territorio Histórico de Álava. Para ello, se apoya en el artículo 20 bis del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, que fue aprobado por la Ley 12/2002, de 23 de mayo. Ese artículo establece cómo este nuevo impuesto tendrá carácter de tributo concertado y normativa autónoma.
Dirigido a grupos con más de 750 millones de euros de facturación
Según la norma aprobada, el impuesto afectará a aquellos grupos cuyo importe neto de la cifra de negocios consolidado alcance o supere los 750 millones de euros en, al menos, dos de los cuatro últimos ejercicios inmediatamente anteriores. La medida busca alinearse con el Acuerdo alcanzado en 2021 por el Marco Inclusivo y seguir las Reglas modelo de la OCDE definidas en ese marco.
Tres tipos de impuesto complementario
El impuesto tiene carácter directo y naturaleza personal. Se articula en torno a dos reglas fundamentales: la inclusión de rentas y los beneficios insuficientemente gravados. En base a esas reglas, se establecen tres modalidades del tributo:
- Impuesto complementario nacional
- Impuesto complementario primario, destinado a entidades de grupos multinacionales que no estén radicadas en el territorio donde se aplica el impuesto
- Impuesto complementario secundario