
La Diputación Foral de Álava ha aprobado este martes el proyecto de Norma Foral que permitirá aplicar en el territorio el impuesto sobre el margen de intereses y comisiones bancarias. La medida, conocida como «impuesto a la banca», fue regulada a nivel estatal por la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, y está vigente desde el 1 de enero de 2024. Sin embargo, su adaptación al marco foral alavés no se ha concretado hasta ahora.
La aprobación se produce con varios meses de retraso respecto a la aplicación estatal, ya que la norma foral aún deberá ser debatida en las Juntas Generales y no se prevé su entrada en vigor para el presente ejercicio fiscal. La Diputación espera que pueda aplicarse en los próximos años, dentro del periodo temporal previsto por la legislación estatal.
Qué grava el nuevo impuesto
Según detalla el proyecto aprobado por el Consejo de Gobierno, el impuesto gravará el margen de intereses y comisiones obtenidos por las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito y sucursales de entidades de crédito extranjeras establecidas en España. El tributo se aplicará sobre la actividad desarrollada por estas entidades en territorio español.
Además, la Norma Foral introduce algunas modificaciones en dos normativas ya existentes: la del Impuesto sobre Sociedades (Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre) y la del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre).
Una adaptación tardía al marco foral
Aunque el impuesto ya está en vigor en todo el Estado desde el inicio de 2024, la Hacienda Foral de Álava no ha comenzado a tramitar su aplicación hasta este año. El proceso incluyó una consulta pública previa al anteproyecto que finalizó el pasado 1 de agosto. Ahora, con la aprobación del proyecto normativo, el siguiente paso será su debate en las Juntas Generales de Álava.
Este calendario más lento responde a los requisitos del régimen foral vasco, que obliga a adaptar cada nueva figura impositiva estatal mediante una normativa propia. Este proceso incluye consultas, redacción legal específica y tramitación política a nivel foral.
Vigencia temporal y horizonte de aplicación
El impuesto a la banca tiene una duración limitada a tres ejercicios fiscales: 2024, 2025 y 2026. Aunque en Gipuzkoa el trámite normativo ya está más avanzado y se prevé que el impuesto entre en vigor próximamente, en Álava no estará operativo aún este año. La Diputación confía en tenerlo aprobado antes de que acabe 2025, para poder aplicarlo al menos durante los dos años restantes de su vigencia.