¿Usas patinete eléctrico? Las nuevas restricciones te podrían costar caro

En mayo se registraron 27 sanciones, en comparación con las 89 de abril y las 67 de marzo.

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Desde el 6 de mayo está en vigor la nueva normativa municipal sobre patinetes eléctricos en Vitoria-Gasteiz. Durante el primer mes, el Ayuntamiento había asegurado que solo se informaría y apercibiría a los ciudadanos, aunque se sancionarían las situaciones más graves. Ahora, transcurrido ese periodo, la actividad sancionadora de la Policía Local volverá a la normalidad, según ha declarado el concejal de Seguridad, Iñaki Gurtubai.

Espacios de circulación y restricciones

La nueva normativa establece límites claros sobre dónde y cómo deben operar estos dispositivos. Los patinetes eléctricos pueden circular por vías ciclistas exclusivas y compartidas, pero está prohibido su uso en aceras, espacios peatonales y cualquier vía ciclista que también sea de uso peatonal, sin importar la hora. Además, no se permite su uso en travesías, vías interurbanas, túneles urbanos, así como autopistas y autovías dentro del casco urbano.

Requisitos para los usuarios

La normativa estipula que la edad mínima para conducir estos vehículos es de 15 años. Es obligatorio el uso de casco y alumbrado entre la puesta y la salida del sol o en condiciones de baja visibilidad. Los patinetes deben contar con luces, timbre y elementos reflectantes homologados. No se permite el uso de teléfonos móviles ni auriculares durante la conducción, y se establecen límites claros respecto al consumo de alcohol y drogas.

Infracciones y sanciones

Las multas varían según la gravedad de la infracción. La falta de elementos de seguridad como luces y timbre conlleva una multa de 45,08 euros, mientras que conducir utilizando cascos o auriculares, o no respetar la edad mínima, puede resultar en una sanción de 200 euros. Similarmente, conducir sin casco o incumplir las prohibiciones de circulación por zonas restringidas también son consideradas infracciones graves con multas de 200 euros.

Definición y alcance de VMP

Los patinetes eléctricos se clasifican como Vehículos de Movilidad Personal (VMP) si están propulsados exclusivamente por motores eléctricos y alcanzan velocidades máximas de entre 6 y 25 km/h. Deben tener una sola plaza y pueden estar equipados con un asiento si tienen sistema de autoequilibrado. Quedan excluidos de esta definición los vehículos de competición, los diseñados para personas con movilidad reducida y aquellos con tensiones de trabajo superiores a los límites establecidos.

Campaña informativa y sanciones

En el primer mes de aplicación de la normativa, se ha observado un aumento significativo en el cumplimiento de las reglas por parte de los usuarios de VMP. La mayoría de los conductores ahora utilizan casco, luces y evitan circular por espacios peatonales, lo que refleja una mayor concienciación y adherencia a la ordenanza municipal.

«He dado instrucciones precisas a la Policía Local para que su actividad sancionadora recupere la normalidad tras la fase de información y apercibimiento que se ha venido desarrollando hasta ahora. En cualquier caso, seguiremos informando y concienciando, como hemos venido haciendo hasta ahora, pero también es necesario normalizar la actividad sancionadora para garantizar lo más posible que la nueva regulación de patinetes sea efectiva», ha señalado Iñaki Gurtubai.

Durante este periodo, el número de sanciones a VMP ha disminuido notablemente. En mayo se registraron 27 sanciones, en comparación con las 89 de abril y las 67 de marzo. Este descenso sugiere una mayor conformidad con la normativa.


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