La Coordinadora estatal de apoyo a la causa argentina contra los crímenes del franquismo, CEAQUA, manifestó ayer su «enorme satisfacción» con el contenido del Auto de procesamiento contra Rodolfo Martín Villa dictado por el Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de la República Argentina, a cargo de la Jueza María Servini de Cubría, en la causa 4591/2010, en el proceso penal abierto en Argentina que investiga los crímenes contra la humanidad cometidos en el Estado español durante la dictadura franquista y la Transición.
«Es un momento de gran alegría. Significa un paso muy importante en nuestra lucha por el derecho a la verdad, justicia y reparación de las personas que hemos sufrido graves violaciones de derechos humanos durante la dictadura franquista.»
Lucila Aragó, CEAQUA
Más de diez años pidiendo justicia
La querella argentina «se inició hace más de 10 años» y ha ido sumando numerosas querellas y denuncias, actualmente «en torno a 1.000″
Lucila Aragó, miembro de la Coordinadora en Valencia, lo relata: «acudimos en busca de esos derechos que nos amparan y que parecían inalcanzables según aquella sentencia famosa del Tribunal Supremo en 2012».
«Acudimos a la Justicia Argentina Convencidas de que nos amparaba la justicia universal sabiendo que estábamos denunciando crímenes de lesa humanidad como así habían sido calificadas desde distintas instancias internacionales de derechos humanos todo lo relacionado con la represión franquista.
Lucila Aragó, CEAQUA
Durante estos años los miembros de la coordinadora han ido incorporando a la causa argentina «decenas de querellas y denuncias» de víctimas «de todas las categorías: desaparecidos, personas torturadas, víctimas del trabajo esclavo, expropiadas, bebés robados, mujeres víctimas de violencia específica y también víctimas desde el golpe de estado —que fueron víctimas en ese momento— hasta víctimas de la transición en las que como sabéis buena parte del aparato del estado de la dictadura se mantuvo.»
La justicia española ha dado carpetazo a más de 80 querellas
En 2014 como consecuencia de esas querellas, la jueza argentina María Servini imputó a 20 responsables de distintos crímenes. Entre ellos figuraba Martín Villa y también «otros ministros y altos cargos, ex-policías, jueces y un médico ginecólogo acusado del robo de bebés».
Sin embargo, entre 2014 y 2018 el Consejo de Ministros rechazó la solicitud de extradición de los acusados. La Audiencia Nacional, distintos juzgados y la Fiscalía General pusieron «todas las trabas posibles a la investigación abierta en la querella Argentina».
Pero las integrantes de CEAQUA no se rindieron ante un sistema judicial que, según denuncian, hizo oídos sordos a su petición de amparo.
Lucila Aragó explica que «durante ese tiempo, pese a las negativas reiteradas de la justicia y las autoridades españolas a colaborar con la causa Argentina, no hemos cejado».
«Hemos presentado más de 80 querellas en distintos juzgados territoriales, tanto individuales como colectivas y algunas refrendadas por distintas instituciones».
CEAQUA
Sin embargo sus intentos para reclamar justicia no han dado frutos en el estado español. Desde CEAQUA se lamentan de que, por parte de los juzgados españoles, «la respuesta sistemática a nuestras querellas ha sido la inadmisión».
«Se nos está negando sistemáticamente el derecho a la tutela judicial. En estos juzgados se está negando sistemáticamente que los crímenes de lesa humanidad, ni se pueden amnistiar, ni prescriben.»
«Vamos a seguir trabajando»
El procesamiento a Martín Villa quedará ahora a expensas de su ratificación una vez el acusado presente un recurso en su defensa al Tribunal de Apelaciones argentino. Pero el equipo de CEAQUA no se va a quedar sentado esperando a esa ratificación. «Vamos a seguir trabajando para que se juzguen los crímenes del franquismo. Para quebrar el actual modelo de impunidad que protege en nuestro país a los perpetradores. Un modelo —pensamos— inadmisible en un estado de derecho» afirmaron ayer en rueda de prensa.
«Necesitamos dar pasos en esa dirección para lograr una sociedad más justa en la que estén garantizados todos los derechos humanos.
Lo necesitamos para mejorar la calidad de nuestra democracia.También lo necesitamos, es imprescindible, para lograr la justicia y la reparación para las víctimas.»
Desde febrero de este año la plataforma tiene abierta una campaña de recogida de firmas que exige al Gobierno la modificación de varias leyes «para lograr una verdadera reparación para las víctimas del franquismo a través de la justicia». Puedes acceder a ella a través de este enlace: #QueremosJusticia
La no prescripción de los crímenes de lesa humanidad
La Asamblea General de las Naciones Unidas ratificó en 1968 la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad, que entró en vigor en 1970.
Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad
«Son imprescriptibles, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido (···) los crímenes de lesa humanidad cometidos tanto en tiempo de guerra como en tiempo de paz».
El Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 1966 fue ratificado por España en 1976, (art. 2.3) y el Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 4 de noviembre de 1950 fue ratificado el 26 de septiembre de 1979 (art. 13) según confirmó el propio Tribunal Supremo en 2012.
Para CEAQUA el auto dictado el viernes pasado por la jueza Servini «deja meridianamente claro que a la luz de la justicia universal se puede juzgar los crímenes franquistas como crímenes contra la humanidad».
La Coordinadora en apoyo a la causa argentina explica que «desde una perspectiva jurídica el Auto es un ejemplo de aplicación efectiva de la Jurisdicción Universal y, en consecuencia, de los principios y normas que integran el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Penal Internacional.»
Servini aborda «la imposibilidad de aplicar la Ley de Amnistía, o cualquier otra norma de impunidad, a crímenes contra la humanidad y su imprescriptibilidad». Y un aspecto clave: según los integrantes de la coordinadora el auto razona que «debe atenderse a la tipificación internacional de este tipo de crímenes sin tener en cuenta la fecha en la que se incorporaron al ordenamiento jurídico interno de los Estados (principio de legalidad internacional)».
La postura del Tribunal Supremo
En la sentencia 101/2012 del Tribunal Supremo de España de febrero de 2012 el alto tribunal corroboró la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que afirmaba la validez universal de los principios relativos a los crímenes contra la humanidad, y la imprescriptibilidad de estos. Incluso aunque los actos hubieran sido legales bajo el derecho en vigor al tiempo de los hechos. Pero añade una excepción: no prescriben siempre y cuando los delitos cometidos (en el momento en el que se cometieron) ya estuviesen tipificados como tal en el derecho internacional.
Añadió además que «la búsqueda de la verdad es una pretensión tan legítima como necesaria» pero que dicha búsqueda o investigación no es tarea que se deba hacer desde un juzgado: «corresponde al Estado a través de otros organismos y debe contar con el concurso de todas las disciplinas y profesiones, especialmente a los historiadores (···) no corresponde al juez de instrucción».
Petición al Estado español
El Auto dictado por el Juzgado argentino, además, interpela directa e indirectamente al Estado español en su conjunto desde diferentes perspectivas:
- La necesidad de que el Estado español colabore y no obstaculice, como ha sucedido hasta la fecha, la tramitación de la causa criminal. En un considerando previo del Auto la jueza argentina pone de manifiesto la obstaculización constante en la tramitación de la causa por parte del Estado español.
- La obligación del Estado español de investigar y enjuiciar los crímenes franquistas. Esta obligación supone:
- Que el Poder Judicial, Jueces, Magistrados y el propio Tribunal Constitucional dicten resoluciones acordes con las obligaciones internacionales asumidas que permitan y posibiliten en el orden jurisdiccional penal la investigación y enjuiciamiento de los crímenes franquistas.
- Que se aplique de forma efectiva la nota interior emitida por la Fiscalía General del Estado en agosto de 2020 y, en consecuencia, informe favorablemente en sede judicial respecto al cumplimiento de las comisiones rogatorias que envíe el Juzgado argentino e informe favorablemente respecto a la admisión a trámite de las querellas criminales que se interponen en los propios Juzgados del conjunto del Estado en las que se denuncian crímenes franquistas.
- Que el Parlamento español apruebe una Ley de Memoria Democrática, actualmente en tramitación, que remueva definitivamente los obstáculos e impulse las investigaciones judiciales en el orden jurisdiccional penal de los crímenes franquistas.
- Que el actual Gobierno tramite todas y cada una de las comisiones rogatorias que sean libradas desde el Juzgado argentino y emita los correspondientes informes durante la tramitación de la Ley de Memoria Democrática en el sentido que ha sido indicado anteriormente.
«Desde CEAQUA seguiremos impulsando la tramitación de la querella argentina, la presentación de querellas criminales en los Tribunales españoles, seguiremos denunciando el modelo de impunidad imperante en el Estado español y, en definitiva, seguiremos trabajando para que el conjunto de la sociedad demande el reconocimiento efectivo de los derechos humanos que fueron gravemente violentados».
CEAQUA, en Vitoria-Gasteiz a 19 Octubre 2021