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Estas son las condiciones que regulan el permiso para salir a la calle con niños

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El Boletín Oficial del Estado publica hoy las condiciones que regulan el permiso para salir a la calle con niños. La orden entrará en vigor el domingo 26 de abril desde las 9:00 de la mañana. Estas son las condiciones particulares que hay que conocer sobre la medida.

  • Niños y niñas menores de 14 años (es decir hasta los 13 años y 11 meses) estarán autorizados a circular por las vías y espacios de uso público en compañía de un adulto responsable.
  • La circulación queda limitada a un paseo diario, de una hora de circulación a una distancia no superior a 1 km desde el domicilio del menor. [Utiliza esta herramienta para medir el kilómetro]

  • No podrán salir a la calle los niños y niñas que presenten síntomas por COVID-19
  • Cómo máximo se podrá realizar el paseo en grupos de 3 niños y niñas y un adulto responsable.
  • Durante el paseo la distancia entre personas será de al menos de 2 metros.
  • No está permitido el acceso a parques o instalaciones deportivas.
  • Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio del menor.
  • Se entiende por adulto responsable aquella persona mayor de edad que conviva en el mismo domicilio con el niño o niña actualmente, o se trate de un empleado de hogar a cargo del menor.
  • Cuando el adulto responsable sea una persona distinta de progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales deberá contar con una autorización previa de alguno de estos.
  • Será responsabilidad del adulto acompañante cumplir las condiciones previstas para evitar contagios, lo que significa que será la persona adulta la responsable en caso de sanción.
  • Se permite sacar sus juguetes, pero no podrán compartir los juguetes con otros niños.
  • El uso de mascarilla no es obligatorio pero es aconsejable.

BOE-A-2020-4665 by Gasteizberri on Scribd

4 COMENTARIOS

  1. […] La orden que regula la autorización para la salida de niños durante una hora al día durante el confinamiento obligatorio por el Coronavirus remarca que los niños deberán salir con un adulto que se entiende que será su madre, padre o tutor legal. En caso de que sus tutores no puedan salir con sus hijos contempla la posibilidad de que los niños salgan con un adulto responsable diferente de los progenitores o tutores legales siempre que cuenten con una autorización por escrito en la que los padres autoricen a esa personas a salir con los niños. […]

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